Suprema Corte aprueba que Fuerzas Armadas avisen de inmediato detenciones a la SSPC

Suprema Corte aprueba que Fuerzas Armadas avisen de inmediato detenciones  a la SSPC

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que las Fuerzas Armadas registren ante el sistema nacional de detenciones las capturas que realicen cuando lleven acabo tareas de seguridad pública.

El Pleno confirmó la constitucionalidad de los artículos 19 y quinto transitorio de la Ley Nacional del Registro de Detenciones, que regula las aprehensiones hechas por el Ejercito en México, sin avisar a las autoridades policiales competente, pero sí notificar a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

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Con ocho votos a favor y tres en contra, se avaló el proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, relativo a la acción de inconstitucionalidad 63/2019 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que exenta al Ejército, Marina y Fuerza Aérea de avisar inmediatamente a las autoridades competentes sobre las detenciones a su cargo.

Cabe mencionar, que el entonces titular de la CNDH, Luis Raúl González Pérez, se quejó de que la disposición mencionada vulneraba el derecho a la seguridad jurídica de los detenidos.

En la votación de su proyecto, Laynez Potisek propuso la validez de las normas impugnadas y consideró que no se transgrede el principio de inmediatez al avisar la detención.

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Por su parte, la ministra presidenta de la SCJN, Norma Lucia Piña Hernández aseguró que, excluir a la Fuerzas Armadas de la obligación de notificar de inmediato la detención implica desconocer el carácter subordinado y complementario que deben tener sus labores en seguridad pública, según la Constitución.

“Sus labores se estarían extendiendo a las labores policiacas”, señaló.

CAL

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